Estatutos
CAPITULO I
DENOMINACIÓN, DOMICILIO, AMBITO, FINES Y DURACIÓN
ARTICULO 1º.- DENOMINACIÓN Y REGIMEN LEGAL
Con la denominación “Asociación Nacional de Entrenadores de Fútbol-Sala” se funda una Asociación, sin ánimo de lucro, que se regirá por los presentes Estatutos, el Reglamento de orden interno, que se aprobará posteriormente, y en cuanto no esté recogido en ambos, por las disposiciones legales vigentes, especialmente el artículo 22 de la Constitución española y la Ley 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
ARTÍCULO 2º.- DOMICILIO
El domicilio de la Asociación se establece en Zaragoza, Calle Juan XXIII 1 1º oficina 6.
El domicilio de la Asociación puede trasladarse por acuerdo de la Junta Directiva ratificado en Asamblea General de Socios.
ARTÍCULO 3º.- AMBITO TERRITORIAL
El ámbito territorial dentro del cual se han de desarrollar las actividades de la Asociación es el correspondiente a todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 4º.- FINES Y ACTIVIDADES DETERMINADAS
Esta Asociación tiene por fines específicos, la realización y promoción de cualquier actividad, encaminada a la promoción y desarrollo de técnicos y entrenadores dentro del deporte del fútbol-sala:
- Desarrollar actividades encaminadas a la formación de técnicos deportivos del fútbol-sala en nuestra sociedad.
- Promover estudios y cursos de toda índole para la enseñanza y formación de técnicos deportivos y entrenadores de fútbol-sala, con sujección a las condiciones establecidas en cada momento por las instancias administrativas correspondientes, tanto naciones como autonómicas .
- Organizar y/o participar en la organización de competiciones deportivas de ámbito estatal en colaboración con la Federación Española de Fútbol.
- Fomentar la publicación de libros, revistas, videos, periódicos y artículos de opinión relacionados con el deporte del fútbol-sala en su modalidad técnica.
- Realización de cursos teórico-prácticos para la formación de entrenadores y técnicos deportivos sobre la práctica del fútbol-sala, encaminados al reciclaje de los mismos.
- Propiciar la investigación médica sobre las lesiones específicas derivadas de la práctica del fútbol-sala y el conocimiento que de las mismas deben tener los técnicos deportivos.
- Velar por los intereses de entrenadores y técnicos deportivos del fútbol-sala y, en especial, de su consideración social como deportistas y promotores del deporte.
La Asociación Nacional de Entrenadores de Fútbol-Sala es una organización democrática y progresista, que mantendrá en su actuación una total independencia ante los poderes públicos y las organizaciones políticas, económicas y sociales.
La Asociación Nacional de Entrenadores de Fútbol-Sala garantiza el cumplimiento de los fines que persigue gracias a su organización, estructura y gobierno, así como a los medios materiales y personales con los que cuenta.
ARTÍCULO 5º.- DURACIÓN
La duración de la Asociación es por tiempo indefinido.
CAPÍTULO II
SOCIOS, APORTACIONES SOCIALES Y CUOTAS
ARTÍCULO 6º.- PERSONAS QUE PUEDEN SER SOCIOS.
- Personas físicas practicantes y simpatizantes del fútbol-sala a nivel nacional, entrenadores y técnicos deportivos de este deporte, con capacidad legal suficiente, que formalicen la reglamentaria solicitud de ingreso, comprometiéndose a acatar y cumplir los presentes Estatutos y las resoluciones válidamente tomadas por los Organos Directivos (SOCIOS INDIVIDUALES).
- Personas Jurídicas e Instituciones vinculadas al deporte del fútbol-sala, con los mismos requisitos señalados en el apartado anterior (SOCIOS COLECTIVOS).


























































































